En término prácticos sería lo correcto, pero no necesariamente viene obligado a hacerlo, ya que muchas compañías de alquiler de autos le permiten presentar evidencia de cubierta del seguro que tiene su vehículo. Pero el precio a pagar puede ser sustancial. Aun así, ¡CUIDADO! Es probable que su cubierta y el contrato de alquiler que adquiera tenga deferencias, lo que represente riesgo para usted. Ante un evento, las compañías de alquiler pudieran estar cobrándole el valor depreciado del vehículo, cargos administrativos, pérdida de uso, deducibles, entre otros.
Lo correcto es asegurar su casa por no menos del 80% de su valor de reconstrucción. O sea, cuánto le costaría hacerla en este momento. No es el precio de venta. Nosotros podemos orientarle.
Va a depender de la capacidad y/o necesidad financiera de cada individuo. Es necesario hacer un análisis de los compromisos financieros sin importar cuan largos o cortos sean, es un compromiso adquirido. Se recomienda determinar la cantidad de dinero inmediata para gastos finales asociados a la partida de la persona asegurada, el porcentaje de ingresos continuos requeridos para no afectar las finanzas del núcleo familiar. Educación propia y de los hijos, hipoteca, gastos en servicios esenciales, necesidades particulares preexistentes, etc., son algunos de los aspectos a considerar, algunos de forma temporal y otros que perduran toda la vida. Llámenos para orientarle.
Este es el Beneficio de disfrutar en vida durante sus años de retiro, de una porción del dinero acumulado en su seguro de vida.
Si. Es sumamente rentable, toda vez que se va a ver en la necesidad de desembolsar como un depósito en la agencia de gobierno que le requiera la fianza de usted no adquirir una. Ese depósito permanecerá en la agencia mientras usted mantenga operaciones, por lo que es sumamente conveniente hacerlo a través de una fianza con una aseguradora, la que podemos ayudarle a obtener.
(Ley 253 de 27 de diciembre de 1995) - No. El Seguro Obligatorio no es una cubierta tradicional de responsabilidad pública. Esta se limita a únicamente cubrir los daños que usted ocasione con su vehículo a otro vehículo. No le brinda cobertura por daños a propiedad ajena que no sea un auto, como es el caso de una verja, un poste de alumbrado o una valla de seguridad. Tampoco le brinda protección en caso de ocasionar daño físico o matar a una persona con su auto y mucho menos representación legal en caso de usted ser demandado por un accidente automovilístico en al cual se haya visto involucrado. Es momento de llamarnos para orientarle.
No. El doble interés es la póliza que se hace por la duración del término del financiamiento y solamente cubre el daño físico parcial o total que pueda recibir su auto. No cubre el daño que pueda ocasionar con su auto a otras personas y propiedad ajena.
Así como elige su auto conforme a su presupuesto, tiene el derecho a elegir la compañía y el productor de seguros para proteger su inversión. Nadie puede obligarle o condicionarle durante la compra del auto.
Si. Definitivo. Los costos asociados al cáncer son cada vez más elevados. Las cubiertas de cáncer pueden proveerle para gastos de hospitalización a causa de la enfermedad, cirugías, tratamientos de radio terapia, quimioterapia y otros tratamientos especiales. También, es posible adquirir cubierta que le indemnice con un pago inicial que le permitirá sufragar los gastos inmediatos y futuros de la enfermedad, entre otros. El gasto es un efecto directo de cualquier tipo de cáncer, minimice esos gastos con una cubierta suplementaria de cáncer.
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